miércoles, 1 de agosto de 2012

Ensayo Presupuesto Público










FACULTAD DE CONTADURIA PÚBLICA
Y ADMINISTRACIÓN
ENSAYO PRESUPUESTO PÚBLICO
FEDERAL
6to. TETRAMESTRE
MATERIA: INVESTIGACIÓN DE OPERACIONES
LIC. SERGIO GUAJARDO OBREGÓN







        ALUMNA: ANGÉLICA MARÍA GARCÍA SÁNCHEZ
MATRICULA No. L10255









Presupuesto Público Federal



Es lógico que todos nos preguntamos en que y como se gasta el dinero el gobierno, y es importante saberlo, en este ensayo abundaremos un poco sobre este tema.



El gobierno gasta en escuelas, hospitales, carreteras; gasta también en salarios de policías, funcionarios, jueces, legisladores y enfermeras, por citar algunos casos. La calidad y cantidad con que se ofrecen estos servicios nos afectan de manera cotidiana.  Para cubrir estos gastos requiere de ingresos, como los impuestos y los derechos. En su dimensión individual, las personas conocen una realidad semejante: gastan en comida, educación, vivienda y salud, y requieren de una entrada de dinero para mantenerse.



Un presupuesto, para cualquier persona, empresa o gobierno, es un plan de acción de gasto para un periodo futuro, generalmente un año, a partir de los ingresos disponibles, un año calendario para un gobierno se le denomina año fiscal. Este plan se expresa en términos monetarios.



En un presupuesto se propone el proyecto de país que queremos en el futuro.

¿Cómo te afecta el presupuesto?



El gasto federalizado tiene el propósito de hacer operativa la descentralización política, desde el punto de vista de la asignación y entrega de recursos a los miembros de la Federación, Estados y Municipios. Mediante esta asignación de recursos el Estado busca impulsar un proceso uniforme y homogéneo de desarrollo económico y social, en la medida de lo posible. Para lo cual integra el Gasto Federalizado, el cual se distribuye bajo ciertas normas y procedimientos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal. Este gasto se integra con los siguientes Ramos Generales:

·         25 Previsiones y Aportaciones a los Sistemas de Educación Básica y de Adultos

·         28 Participaciones Federales a Entidades Federativas

·         33 Fondo de Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios

·         39 Programa de Apoyo al Fortalecimiento de las Entidades Federativas y Municipios.

Estos recursos tienen en la actualidad una importante participación en las finanzas públicas del país, son a su vez la principal fuente de ingresos de las administraciones públicas estatales (entre 80 y 90 por ciento de los ingresos estatales y, en algunos casos, aún mayor).

Adicionalmente, la Administración Central, a lo largo del ejercicio fiscal distribuye recursos a las entidades federativas, a través de las Delegaciones Federales y Convenios de Descentralización y/o de Reasignación.

(Manual de “Presupuesto de Egresos de la Federación”, “Serie de Cuadernos de Finanzas Públicas 2006”)



Los Ramos 28 y 33 se distribuyen entre las Entidades Federativas a partir de los criterios establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal. La distribución de estos recursos entre las Entidades Federativas se realiza entre programas sociales y objetivos diversos.

(Manual de “Presupuesto de Egresos de la Federación”, “Serie de Cuadernos de Finanzas Públicas 2006”)



El Presupuesto de Egresos de la Federación es un documento importante para cualquiera de nosotros, en el ámbito personal o profesional, pues nos afecta de manera directa o indirecta.



El presupuesto lo podemos dividir en: INGRESO y GASTO:

El Ingreso lo conforman: 1).- Salario  2).- Impuestos, venta de bienes y servicios.

El Gasto: 1).- Individuo: comida, salud, vivienda  2).- Gobierno: escuelas, hospitales, seguridad pública, luz, agua, leyes, etc.



Como podemos ver el presupuesto tiene efectos en la economía nacional. Puede afectar el nivel de empleo, la tasa de inflación y el crecimiento. Un presupuesto mal hecho, donde el gobierno gaste por encima de sus ingresos, puede provocar inflación y castigar el poder adquisitivo. En esas condiciones, el crédito se encarece y la inversión y el producto bajan. El presupuesto puede afectar tu empleo, aunque no trabajes en el sector público; por ejemplo, si hay inseguridad pública por falta de recursos, la  inversión que estaba a punto de realizarse podría cancelarse y no generar las fuentes de trabajo tan necesarias para el país.



Es importante saber que el dinero de cualquier gobierno proviene de los ciudadanos a través del pago de impuestos y de los productos y servicios que les vende.  La forma de recolectar impuestos es diferente en cada país, en general podemos decir que la estructura tributaria afecta el nivel de ingreso de las personas.  En México del total de los ingresos por concepto de impuestos, el 80% proviene de la recaudación del Impuesto al valor agregado (IVA) y del Impuesto sobre la Renta (ISR).

Aunque el gobierno también obtiene recursos a través de los bienes y servicios que genera (petróleo), también recauda a través de los derechos, como las tarifas que pagamos por el uso de carreteras.



Por lo anterior expuesto y dado que los recursos provienen de la sociedad y que el petróleo también es nuestro patrimonio, tenemos todo el derecho a exigir que el dinero público se distribuya y gaste bien. Para saber cómo se gasta ese dinero, hay que analizar el presupuesto de egresos. De aquí la importancia de conocerlo.







Angélica María García Sánchez

6to. Tetramestre.- Investigación de

 Operaciones

Mat. No. L10255










FACULTAD DE CONTADURIA PÚBLICA
Y ADMINISTRACIÓN
ENSAYO PRESUPUESTO PÚBLICO
FEDERAL
6to. TETRAMESTRE
MATERIA: INVESTIGACIÓN DE OPERACIONES
LIC. SERGIO GUAJARDO OBREGÓN







        ALUMNA: ANGÉLICA MARÍA GARCÍA SÁNCHEZ
MATRICULA No. L10255









Presupuesto Público Federal



Es lógico que todos nos preguntamos en que y como se gasta el dinero el gobierno, y es importante saberlo, en este ensayo abundaremos un poco sobre este tema.



El gobierno gasta en escuelas, hospitales, carreteras; gasta también en salarios de policías, funcionarios, jueces, legisladores y enfermeras, por citar algunos casos. La calidad y cantidad con que se ofrecen estos servicios nos afectan de manera cotidiana.  Para cubrir estos gastos requiere de ingresos, como los impuestos y los derechos. En su dimensión individual, las personas conocen una realidad semejante: gastan en comida, educación, vivienda y salud, y requieren de una entrada de dinero para mantenerse.



Un presupuesto, para cualquier persona, empresa o gobierno, es un plan de acción de gasto para un periodo futuro, generalmente un año, a partir de los ingresos disponibles, un año calendario para un gobierno se le denomina año fiscal. Este plan se expresa en términos monetarios.



En un presupuesto se propone el proyecto de país que queremos en el futuro.

¿Cómo te afecta el presupuesto?



El gasto federalizado tiene el propósito de hacer operativa la descentralización política, desde el punto de vista de la asignación y entrega de recursos a los miembros de la Federación, Estados y Municipios. Mediante esta asignación de recursos el Estado busca impulsar un proceso uniforme y homogéneo de desarrollo económico y social, en la medida de lo posible. Para lo cual integra el Gasto Federalizado, el cual se distribuye bajo ciertas normas y procedimientos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal. Este gasto se integra con los siguientes Ramos Generales:

·         25 Previsiones y Aportaciones a los Sistemas de Educación Básica y de Adultos

·         28 Participaciones Federales a Entidades Federativas

·         33 Fondo de Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios

·         39 Programa de Apoyo al Fortalecimiento de las Entidades Federativas y Municipios.

Estos recursos tienen en la actualidad una importante participación en las finanzas públicas del país, son a su vez la principal fuente de ingresos de las administraciones públicas estatales (entre 80 y 90 por ciento de los ingresos estatales y, en algunos casos, aún mayor).

Adicionalmente, la Administración Central, a lo largo del ejercicio fiscal distribuye recursos a las entidades federativas, a través de las Delegaciones Federales y Convenios de Descentralización y/o de Reasignación.

(Manual de “Presupuesto de Egresos de la Federación”, “Serie de Cuadernos de Finanzas Públicas 2006”)



Los Ramos 28 y 33 se distribuyen entre las Entidades Federativas a partir de los criterios establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal. La distribución de estos recursos entre las Entidades Federativas se realiza entre programas sociales y objetivos diversos.

(Manual de “Presupuesto de Egresos de la Federación”, “Serie de Cuadernos de Finanzas Públicas 2006”)



El Presupuesto de Egresos de la Federación es un documento importante para cualquiera de nosotros, en el ámbito personal o profesional, pues nos afecta de manera directa o indirecta.



El presupuesto lo podemos dividir en: INGRESO y GASTO:

El Ingreso lo conforman: 1).- Salario  2).- Impuestos, venta de bienes y servicios.

El Gasto: 1).- Individuo: comida, salud, vivienda  2).- Gobierno: escuelas, hospitales, seguridad pública, luz, agua, leyes, etc.



Como podemos ver el presupuesto tiene efectos en la economía nacional. Puede afectar el nivel de empleo, la tasa de inflación y el crecimiento. Un presupuesto mal hecho, donde el gobierno gaste por encima de sus ingresos, puede provocar inflación y castigar el poder adquisitivo. En esas condiciones, el crédito se encarece y la inversión y el producto bajan. El presupuesto puede afectar tu empleo, aunque no trabajes en el sector público; por ejemplo, si hay inseguridad pública por falta de recursos, la  inversión que estaba a punto de realizarse podría cancelarse y no generar las fuentes de trabajo tan necesarias para el país.



Es importante saber que el dinero de cualquier gobierno proviene de los ciudadanos a través del pago de impuestos y de los productos y servicios que les vende.  La forma de recolectar impuestos es diferente en cada país, en general podemos decir que la estructura tributaria afecta el nivel de ingreso de las personas.  En México del total de los ingresos por concepto de impuestos, el 80% proviene de la recaudación del Impuesto al valor agregado (IVA) y del Impuesto sobre la Renta (ISR).

Aunque el gobierno también obtiene recursos a través de los bienes y servicios que genera (petróleo), también recauda a través de los derechos, como las tarifas que pagamos por el uso de carreteras.



Por lo anterior expuesto y dado que los recursos provienen de la sociedad y que el petróleo también es nuestro patrimonio, tenemos todo el derecho a exigir que el dinero público se distribuya y gaste bien. Para saber cómo se gasta ese dinero, hay que analizar el presupuesto de egresos. De aquí la importancia de conocerlo.







Angélica María García Sánchez

6to. Tetramestre.- Investigación de

 Operaciones

Mat. No. L10255

lunes, 30 de julio de 2012

Ensayo sobre El Remate










FACULTAD DE CONTADURIA PÚBLICA
Y ADMINISTRACIÓN
ENSAYO REMATE
6to. TETRAMESTRE
MATERIA: DERECHO
LIC. ANA CECILIA RODRIGUEZ







        ALUMNA: ANGÉLICA MARÍA GARCÍA SÁNCHEZ
MATRICULA No. L10255













EL REMATE EN EL PROCEDIMIENTO FISCAL





INTRODUCCIÓN



En este pequeño documento, se presenta una breve información sobre las etapas por las que pasa el remate, el cual se presenta dentro del Juicio Fiscal que se lleva a cabo cuando se comete una infracción de esta índole.

Al igual que el embargo, encontramos que esta etapa está regida a partir del artículo 145 en adelante del Código Fiscal de la Federación, en este apartado podremos encontrar información relevante y detallada sobre estas dos etapas que en las siguientes líneas abordaremos.

Como se comento en el ensayo anterior, el embargo es la prime etapa que se debe de seguir antes de llegar a un remate, ya que para que pueda existir un remate debe de haber previamente bienes embargados producto de la garantía que cubra la cantidad requerida en dicho proceso.



DESARROLLO



Hay que saber que el Remate es el último paso del apremio patrimonial, los actos preparatorios del remate se dividen en cinco apartados. El primero de ellos es cuando se regula la concurrencia de acreedores sobre el mismo bien y establece que todos esos acreedores, embargantes o con garantía real, deben gestionar el pago de sus créditos en el mismo proceso, pero aclarando que será en aquel donde se haya efectuado primero la publicación del edicto de remate del bien que les sirve de garantía.



Ay que mencionar la llamada solicitud de remate y dispone que en la primera solicitud, el ejecutante deberá presentar certificación del registro respectivo, donde consten los gravámenes, embargos y anotaciones que pesen sobre los bienes que se pretende vender.



A continuación, se incorporan la orden de remate y las notificaciones respectivas, y aquí se empieza a hablar de la posibilidad de hacer tres señalamientos para subastar de una sola vez, para el caso de que los dos primeros remates resulten fracasados. Asimismo, se traslada a la ley lo dispuesto en el artículo 417 del Código Civil, relativo a la prelación legal, estableciéndose que si el bien se vende en concurso, quiebra o por ejecución de primer grado, se ordenará el remate libre de gravámenes.



Por último dentro de esta etapa del remate se ordena la publicación de un edicto para el respectivo anuncio de la subasta, este se publicará dos veces en días consecutivos en LA GACETA y en él se indicarán la base, hora, lugar y días de las subastas (recordemos que se hacen de una vez tres señalamientos) con diez días de intervalo como mínimo. Además se incorpora una descripción del bien por subastar y se consignarán los gravámenes y anotaciones que afecten al bien, cuando el adjudicatario deba soportarlos y, en caso de existir Prejudicialidad debidamente acreditada en el expediente, el edicto deberá advertir la existencia del proceso penal, sin que su omisión implique nulidad del remate.



El remate se podrá suspender a solicitud del acreedor único o de todos los acreedores ejecutantes apersonados. También cuando cualquier interesado deposite la totalidad de los extremos reclamados, incluidas las costas. Si la suma consignada es evidentemente insuficiente, no se suspenderá el remate. Si hubiera duda, se realiza pero sujeto a que una vez determinada la suma faltante, se le conceden cinco días al interesado para que cubra la diferencia y, si lo hace, el remate se dejará sin efecto.



El remate se puede llevar a cabo, cuando haya transcurrido un mínimo de ocho días hábiles contados desde el día siguiente de la primera publicación del edicto y la notificación a todos los interesados.





CONCLUSIONES



Como se estableció en este pequeño ensayo, el remate es la última etapa en un procedimiento que la autoridad fiscal realiza al contribuyente, al verse resuelto el proceso de embargo, mas sin embargo, como ya lo citamos, el remate se podrá suspender a solicitud del acreedor único o cuando cualquier interesado deposite la totalidad de lo reclamados.









Angélica María García Sánchez

6to. Tetramestre.- Derecho

Mat. No. L10255

Ensayo sobre El Embargo










FACULTAD DE CONTADURIA PÚBLICA
Y ADMINISTRACIÓN
ENSAYO SOBRE EL EMBARGO
6to. TETRAMESTRE
MATERIA: DERECHO
LIC. ANA CECILIA RODRIGUEZ







        ALUMNA: ANGÉLICA MARÍA GARCÍA SÁNCHEZ
MATRICULA No. L10255













EL EMBARGO EN EL PROCEDIMIENTO FISCAL



INTRODUCCIÓN



En este pequeño documento, se presenta una breve información sobre el embargo que se presentan dentro del Juicio Fiscal que se lleva a cabo cuando se comete una infracción de esta índole.

Encontramos que esta etapa está regida a partir del artículo 145 en adelante del Código Fiscal de la Federación, en este apartado podremos encontrar información relevante y detallada sobre el embargo que en las siguientes líneas abordaremos:

Comenzaremos por definir el embargo, ya que esta es la primera etapa que se debe de seguir antes de llegar a un remate, ya que para que pueda existir un remate debe de haber previamente bienes embargados producto de la garantía que cubra la cantidad requerida en dicho proceso.



DESARROLLO



Citaremos a continuación una pequeña definición jurídica de Guillermo Cabanellas de Torres la cual a la letra dice:

 “El Embargo Judicial es la retención o apoderamiento que de los bienes del deudores se efectúa en el procedimiento ejecutivo, a fin de, con ellos o con el producto de la venta de los mismos, satisfacer la incumplida obligación a favor del acreedor que posea título con ejecución aparejada” … “medida procesal precautoria de carácter patrimonial que, a instancia de acreedor o actor, puede decretar un juez o tribunal sobre los bienes del deudor o demandado , para asegurar el cumplimiento de la obligación exigida y las resultas generales del juicio.”

Para entender mejor este concepto podemos resumir en que el embargo es el secuestro de bienes muebles e inmuebles que cubran y garanticen en su totalidad el pago de la cantidad  que se esté requiriendo en dicho proceso judicial, así mismo es la vía de apremio patrimonial o la forma práctica de hacer efectivo el principio de la responsabilidad fiscal



Mencionando el Código Fiscal encontramos este concepto en el artículo 145. Donde en resumidas palabras las autoridades fiscales exigen el pago de los créditos fiscales que no hubieren sido cubiertos o garantizados dentro de los plazos señalados por la Ley, es por eso que se crea un Procedimiento Administrativo de Ejecución, en este se podrá practicar un embargo precautorio, sobre los bienes, para asegurar el interés fiscal, esto se puede dar cuando a juicio de esta exista peligro inminente de que el obligado realice cualquier maniobra tendiente a evadir su cumplimiento en este caso, la autoridad llevara a cabo el embargo.



La autoridad que practique el embargo precautorio tendrá que levantar el acta circunstanciada en la que precise las razones por las cuales se está realizando dicho embargo. La Autoridad requerirá al obligado para que dentro del término de 10 días desvirtué el monto por el que se realizó el embargo. La única manera de que el embargo quede sin efecto alguno será en caso de que el contribuyente cumpla con el requerimiento transcurrido el plazo señalado.



La citada vía se compone de tres pasos en su ejecución: el embargo de los bienes del deudor; su valoración y el remate o venta forzosa. El primero de estos pasos consiste en que el embargo es una afectación dispuesta por el juez (a) sobre unos bienes determinados pertenecientes al deudor, que en caso de resultar necesario, se venderán a través de subasta pública para que con el producto de ellos, se le pague al acreedor. La escogencia de los bienes por embargar, le corresponde al acreedor, y la práctica material del embargo a un auxiliar de la administración de justicia, denominado ejecutor.



El embargo se decreta por una suma específica que debe corresponder al monto del capital reclamado, más los intereses líquidos y un cincuenta por cientos extra para cubrir intereses futuros y costas. Precisamente esa es la suma que debe depositar el deudor o cualquier interesado para evitar el embargo. Pero si ya este se practicó para obtener su levantamiento, será necesario depositar la totalidad de lo debido en el momento en que se haga la solicitud.



La práctica material del embargo le corresponde al funcionario ejecutor que será designado por el juez, quien devengará los honorarios que se le fijen de acuerdo con la tarifa establecida por el Consejo Superior del Poder Judicial. Esos honorarios le tienen que ser pagados directamente por el interesado.



Así mismo debe realizarse un avalúo de dichos bienes señalados este tiene como finalidad la determinación de la suma que servirá como base para la subasta pública y, en este orden de ideas, tenemos que en primer lugar, está la suma pactada por las partes, lo que casi nunca ocurre. A falta de convenio y a elección del ejecutante, servirá de base el monto que se determine mediante avalúo pericial o el valor registrado, cuando lo bienes tengan asignado un valor tributario o fiscal actualizado en los últimos dos años.



CONCLUSIONES



Como se estableció en este pequeño ensayo, el embargo es un proceder por parte de la autoridad fiscal, después de haber exigido el pago de los créditos fiscales y estos no hubiesen sido cubiertos o garantizados dentro de los plazos establecidos por la ley, mas sin embargo, el contribuyente en los términos del Código Fiscal tiene la oportunidad de comprobar o aclarar su situación conforme a los lineamientos establecidos en la ley de la materia.





Angélica María García Sánchez

6to. Tetramestre.- Derecho

Mat. No. L10255